Este Black Friday, compra con seguridad

Las compras online se han acelerado en este 2020 con motivo del Covid-19 y en este Black Friday se esperan grandes descuentos en las compras por Internet, siendo ya muchas las marcas se han adelantado a las ofertas del último viernes de noviembre. Pero es necesario recordar que no todo son bondades y ventajas en torno a las compras, sino que también es una gran ocasión para que los ciberdelicuentes actúen a través de fraudes online. Por esta razón, se recomienda tener especial cuidado a la hora de introducir los datos bancarios o personales a través de Internet.

Conexiones a Internet seguras

  • Red Wifi: para acceder a los establecimientos virtuales donde se realicen las compras, conectarse desde una red Wifi abierta o gratuita puede ser peligroso. Se aconseja hacerlo a través de una red privada virtual (VPN) que minimice los riesgos en la transmisión de los datos.
  • Verificar que la página web donde se está comprando es segura. Utilizar los navegadores más populares en su última versión -ellos mismos alertarán de si se trata o no de una conexión segura- y verificar que las URL tengan el protocolo de seguridad https://
  • Comprobar que la URL es correcta y que es la página web oficial del establecimiento. Ante cualquier duda, no introducir los datos de las tarjetas bancarias o personales
  • Utilizar una tarjeta de crédito secundaria o recargable, preferiblemente aquellas en las que se pueda introducir solamente la cantidad que se desea gastar. También métodos seguros como Paypal.

Descuentos excesivos o exceso de datos

No hay que fiarse de los descuentos excesivos, aunque los ofrezcan páginas o marcas conocidas. Es habitual que los ciberdelincuentes deriven a webs clonadas, copias muy reales, a través de las que pueden sustraer los datos personales o bancarios de los usuarios para diferentes fines. Para ello, se debe comprobar siempre que el pago se realiza a través de una pasarela de pago segura.

En muchas ocasiones los vendedores exigen cumplimentar campos relativos a datos personales. En el caso de que se soliciten más datos de los habituales, es oportuno revisar la política de privacidad y conocer, de primera mano, cuál será el tratamiento que se hará de los mismos teniendo en cuenta la normativa aplicable. Según el Reglamento General de Protección de Datos, cada usuario tiene pleno control de sus datos personales, estableciendo los límites deseados al uso de los mismos.

Protección frente a Riesgos Cibernéticos

En este sentido, a nivel empresarial es recomendable disponer de un Seguro de Riesgos Cibernéticos que proteja en caso de sufrir algún tipo de ciberataque o sustracción de datos. Durante las compras, puede que un virus infecte tu dispositivo y acceda a información confidencial, por lo que un Seguro de estas características, puede ser clave para recuperar la información e, incluso, recibir una indemnización por las pérdidas ocasionadas.

Para más información sobre Protección de Datos o sobre el Seguro de Riesgos Cibernéticos, no dude en contactar con nosotros en el correo electrónico s4@s4net.com o a través de nuestros perfiles sociales de Linkedin, Instagram, Facebook y Twitter.

S4 celebró un webinar sobre los Retos en el Comercio Exterior junto a la Cámara de Comercio de Badajoz

El Grupo S4 ha impartido esta tarde el webinar Retos en el Comercio Exterior: aseguramiento de ventas y caución internacionaljunto a la Cámara de Comercio de Badajoz. El evento, dirigido a empresas cuya actividad se desarrolla en más de un país, tuvo por objetivo explicar las ventajas del Seguro de Crédito para aumentar la competitividad de las organizaciones, así como ahondar en las bondades y ventajas de la Caución Internacional.

El evento comenzó con la presentación de Alfredo Blanco, Director General de S4, quien tuvo palabras de agradecimiento tanto para la Cámara de Comercio de Badajoz, por su implicación en la organización de la Jornada, como para todos los asistentes. Tal y como él mismo indicó, “estoy seguro de que será un webinar que os permitirá conocer más en profundidad las ventajas de protegerse ante posibles impagos, así como disponer de una prevención predictiva”. Tras destacar la profesionalidad del equipo conformado por los ponentes Eduardo Casal, Responsable del Dpto. de Crédito y Caución en S4, y Fani Rodríguez, miembro del Dpto. de Crédito y Caución en S4, dedicó unas bonitas palabras a Ricardo Cagigas, Director de las Oficinas de S4 en Almendralejo y Los Santos de Maimona, quién, por su parte, destacó la capacidad de S4 a la hora de “desarrollar soluciones personalizadas según la casuística y necesidades de cada empresa, haciéndolas sentir únicas”.

El Seguro de Crédito y las garantías del Seguro de Caución

La primera parte del webinar se centró en explicar el papel del Seguro de Crédito en el Comercio Exterior. Tal y como indicó Eduardo Casal, “esta solución aseguradora es un factor clave para ganar competitividad ya que se aseguran las ventas, se garantizan los cobros y, con ello, se dota de certidumbre a las empresas, garantizando la viabilidad de las mismas”. Tal como él mismo recalcó “también es una estrategia comercial con la que se puede monitorizar el riesgo, sobre todo ante el aumento de morosidad que estamos viviendo como consecuencia del Covid-19”.

En la segunda parte de la jornada, Fani Rodríguez expuso las virtudes de la Caución Internacional como “garantía que posibilita el cumplimiento de las obligaciones legales, reglamentarias o contractuales con Administraciones Públicas o beneficiarios privados”, y profundizó en las variedades más importantes de garantías de Caución Internacional y en las bondades de las mismas: “no ocupan CIRBE, por lo tanto mejoran la liquidez de nuestra empresa, teniendo más activos financieros a nuestra disposición”.

Tras la intervención de los ponentes, tomó la palabra Alfredo Blanco, Director de la Firma, quien puntualizó que “cuando hablamos de estas modalidades de seguro, no podemos olvidar que hablamos de tranquilidad, ya que genera certidumbre en torno a la relación contractual entre deudor y acreedor”, recordando también como con la contratación de ambas pólizas se accede a “un asesoramiento continuado y personalizado que da mucha seguridad, sobre todo en momentos que puedan resultar más complicados. Y es que con S4 pasamos del aseguramiento pasivo al aseguramiento activo”.

Finalmente, se abrió un turno de preguntas para resolver las dudas de los asistentes.

¿Qué implicaciones tiene el nuevo RD 28/2020 de Trabajo a Distancia?

Tras meses de negociaciones, el Ministerio de Trabajo llego a un acuerdo con empresarios y sindicatos para la aprobación del Real Decreto-Ley 28/2020, de 22 de septiembre, de Trabajo a Distancia. Esta nueva legislación era muy necesaria debido a la situación actual que atravesamos debido al Covid-19, en la que se ha puesto de manifiesto  la necesidad de regular dicha práctica, ya que el Artículo 13 del Estatuto de Trabajadores se encontraba obsoleto y era necesario una nueva legislación al respecto.

Esta nueva Ley regula aquellos puestos de trabajos que se pueden desarrollar de forma telemática, estableciendo como requisitos que trabajen de forma fija desde su casa y a los que esporádicamente lo hagan, siempre que se desarrolle en casa el 30% de su jornada laboral durante al menos 3 meses.

La regulación del teletrabajo

Este Decreto Ley nos presenta el teletrabajo como algo voluntario, reversible y negociable, siendo voluntario para los trabajadores y empresas, por lo que ninguna parte podrá imponérselo a la otra, esta nueva relación laboral deberá formalizarse por escrito, pudiendo cada una de las partes rescindir dicho contrato y volver a la situación anterior cuando así lo estimen oportuno.

La empresa deberá encargarse de la dotación del material necesario y su mantenimiento, formando a los empleados si fuera necesario, para que puedan desarrollar su actividad laboral correctamente.  Aunque por otro lado permite a la empresa a utilizar los medios que considere oportunos para el control de la actividad laboral del trabajador, siempre que se respete el derecho básico de la dignidad del trabajador.

Cabe destacar que los empleados que teletrabajen gozarán de los mismos derechos que los trabajadores que realicen su actividad laboral de forma presencial, no pudiendo sufrir perjuicio alguno, ya sea en la modificación de las condiciones pactadas o de cualquier tipo de discriminación.

Por último, indicar que las empresas que ya contaban con una normativa regulada de teletrabajo fruto del acuerdo colectivo gozaran de 1 año para adaptarse a la nueva normativa, mientras que el resto tendrá hasta 3 años para adaptarse a los cambios.

Para más información, pueden contactar con el Dpto. de Laboral de S4 Asesores y Consultores en el teléfono 986 384 014, en el correo electrónico atencioncliente@as4.es o a través de los perfiles sociales de Linkedin, Facebook, Twitter e Instagram.

Aumenta el interés por el Seguro de Alquiler al ser una garantía de pago y seguridad de la vivienda

En este contexto de incertidumbre derivada de la crisis del Covid-19, el interés por el Seguro de Protección del Alquiler ha incrementado de manera exponencial ya que se hace imprescindible garantizar el importe del inquilinato. Cuando se alquila una vivienda, los propietarios suelen preocuparse por los conflictos futuros que pueden derivarse de dicha operación, especialmente aquellos relacionados con la morosidad -saber si se realizará el pago mensual de la renta estipulada- y con los estropicios que la vivienda pueda sufrir, tanto en su continente como contenido. En este sentido, el Seguro de Protección del Alquiler aporta una gran tranquilidad al propietario ya que no solo actúa como garantía de pago, sino que también incluye ventajas adicionales como la compensación económica por actos vandálicos en la vivienda, es decir, por los daños que el inquilino pudiera causar en la propiedad.

¿Cómo funcionan estas pólizas?

Con el Seguro de Protección del Alquiler es la compañía aseguradora la que asume el riesgo de impago. Por tanto, ésta necesita certificar de antemano la viabilidad económica del alquiler, realizando un estudio previo de la situación del inquilino y, si todo está correcto, el arrendatario podrá contratar la póliza deseada, garantizándose así el pago de la renta mensual acordada. En caso de incumplimiento del contrato de arrendamiento correspondiente a la vivienda asegurada, será el Seguro de Protección del Alquiler el que asuma dicha cantidad a partir de la comunicación del primer impago.

Ventajas del Seguro de Protección del Alquiler

Además de las garantías mencionadas en líneas superiores estas pólizas pueden incluir, entre otras, coberturas como:

Asistencia jurídica telefónica: permite resolver de manera rápida las dudas relativas a los derechos y obligaciones de las partes implicadas en el alquiler de la propiedad

Defensa penal: en caso de denuncia o exigencia de responsabilidad penal, la compañía aseguradora te defiende como arrendador

Reclamación en contratos de servicios de reparación o mantenimiento de las instalaciones en caso de que se produzcan incumplimientos en los servicios contratados

–Reclamación del propietario por infracciones de normas legales: en caso de existir algún problema con vecinos, con la comunidad de propietarios o con un tercero, se defenderán los derechos como propietario.

En S4 Correduría de Seguros y Gerencia de Riesgos te ofrecemos las mejores soluciones aseguradoras del mercado localizando aquellos productos que más se adecuen a tus necesidades. Analizaremos tu caso particular de alquiler y te daremos a conocer, de manera clara y concisa, las coberturas y las ventajas de un producto diseñado en exclusiva para ti. No dudes en ponerte en contacto con nosotros a través del correo electrónico s4@s4net.com; a través de nuestro formulario web o de nuestros perfiles sociales de LinkedIn, FacebookTwitter.

 

El éxito de convocatoria lleva a S4 a celebrar la tercera edición del webinar “La Gerencia de Riesgos frente al Covid19”

El Grupo S4 celebró este miércoles 27 de mayo la 3º Edición del webinarLa Gerencia de Riesgos frente al Covid19”, un directo dirigido a las empresas en el que se tratan dos temas de gran relevancia en la actualidad: la Responsabilidad Civil Patronal y la Responsabilidad Civil de Administradores y Directivos (D&O). Precisamente, “en cada edición actualizamos los datos según los cambios legislativos que han producido y producen desde que se decretó el Estado de Alarma, por lo que ninguno de los directos es igual al anterior. Precisamente esta característica los hace atractivos a los empresarios/as, quiénes incluso repiten experiencia para mantenerse a la vanguardia en los temas que tratamos”, indicó Alfredo Blanco, Director General de S4.

El webinar comenzó con la intervención de Marisol Novoa, Presidenta de la Confederación Empresarial de Ourense (CEO), quien dio las gracias al Grupo S4 por organizar un webinar “imprescindible en la actualidad para el tejido empresarial. Y es que la irrupción en nuestras vidas del Coronavirus ha afectado a todos los ámbitos y parcelas de nuestro día a día, alterando nuestros esquemas y planteando una realidad que implica nuevos comportamientos. Analizarlo hoy es un gran acierto”.

Tras la misma, Jesús Meiriño, Director de Siniestros en S4, expuso la parte relativa a la Responsabilidad Civil Patronal. Repasó la legislación y normativa que se fue desarrollando desde la llegada del Covid19, centrando su atención novedades tan recientes como el Real Decreto-ley 19/2020, de 26 de mayo, por el que se adoptan medidas complementarias en materia agraria, científica, económica, de empleo y Seguridad Social y tributarias para paliar los efectos del COVID-19 y en cuyo artículo 9 regula la “consideración como contingencia profesional derivada de accidente de trabajo las enfermedades padecidas por el personal que presta servicio en centros sanitarios o socio-sanitarios como consecuencia del contagio del virus SARS-CoV2 durante el estado de alarma”.

Por su parte, Goretti Fraga, Directora de Ingeniería y Empresas en S4, reflexionó la importancia actual del Seguro de Responsabilidad Civil de Administradores y Directivos, (D&O). Estas pólizas tienen por objeto cubrir la responsabilidad de los Consejeros, Administradores o Directivos frente a los daños y perjuicios económicos causados en el ejercicio de sus funciones, por incumplimientos de obligaciones legales, reglamentarias o estatutarias, o por las faltas de gestión cometidas por imprudencia, negligencia, error u omisión; tanto a Accionistas (pérdida de valor de la acción o de los activos de la sociedad) como a terceros afectados por su mala gestión.

Son pólizas muy importantes “sobre todo a raíz de la crisis generada por el Covid19 en la que ha incrementado de forma exponencial el riesgo de incurrir en un acto negligente por parte de cualquier Administrador en cualquier tejido empresarial. Y es que las normas se modifican y amplían con la rapidez y la urgencia que implica afrontar esta crisis económica y social.  Ejemplo de ello son el Real Decreto-Ley 8/2020 y el Real Decreto-Ley 11/2020 en las que se realizan modificaciones en el ordenamiento en materia de moratoria y aplazamientos. Estas normas introducen diferentes posibilidades y en las que cualquier error en la toma de decisiones es susceptible de generar una responsabilidad”, indicó la experta.

El webinar se cerró tras una ronda de preguntas que permitió resolver dudas de los asistentes así como profundizar en coberturas concretas de las modalidades de seguros expuestas.