Contrata hasta final de año tu seguro de salud a medida

¿Estás pensando en contratar un seguro de salud privado? En S4 Correduría de Seguros te ofrecemos hasta el 31 de diciembre un seguro médico y de hospitalización a medida y con la tarifa más competitiva. Sin copagos (salvo psicología 8 euros), con coberturas adaptables a tus necesidades y sin carencias (salvo reproducción asistida). Además, podrás acceder a atractivos descuentos por un mayor número de asegurados.

En función de lo que necesites, en S4 Correduría de Seguros te ofrecemos dos modalidades de seguro:

  • Seguro de salud médico: incluye únicamente consultas de medicina general, pediatría, enfermería, especialidades médicas (tales como oftalmología, podología, alergología, obstetricia y ginecología, etc.) y medios de diagnóstico. Quedan excluidos los servicios en centros hospitalarios.
  • Seguro de salud integral: el seguro más completo ya que incluye, además de todas las consultas anteriores, también los ingresos hospitalarios, cirugía y tratamientos hospitalarios, urgencias hospitalarias, etc.

El seguro de salud también incluye asistencia sanitaria en el extranjero para viajes de los asegurados según las condiciones detalladas en cada caso.

¿Cuánto te costará el seguro de salud al mes? Consulta los precios vigentes hasta el 31 de diciembre de 2023 en el siguiente cuadro:

¿Qué es la carencia de un seguro de salud o seguro médico?

Cuando hablamos del periodo de carencia en un seguro de salud, hacemos referencia al tiempo que el asegurado debe esperar, tras contratar la póliza, para poder utilizar ciertas coberturas y servicios incluidos en ella. El objetivo es evitar fraudes e impedir que una persona contrate un seguro para solventar una necesidad en concreto, procediendo a la cancelación de la póliza una vez la solucione. Algo que también puede ocurrir, por ejemplo, en el seguimiento del embarazo y el parto, por poner otro ejemplo.

Sin embargo, en S4 Correduría de Seguros te ofrecemos en exclusiva un seguro médico y de hospitalización sin carencias. Es decir, podrás hacer uso de todas las coberturas y servicios contratados desde el primer día, excepto para reproducción asistida.

El análisis del experto: Seguros de ahorro y planes de pensiones

De todos es sabido que el sistema público de pensiones no es sostenible a largo plazo. La natalidad es cada vez más baja, la esperanza de vida aumenta y debemos hacer frente ahora a la jubilación de todos los nacidos entre 1957 y 1977, generación conocida como el baby boom español. Por eso, es urgente mirar al futuro y tener una previsión complementaria que nos garantice poder mantener nuestro nivel de vida a partir de los 65 años. Miriam Campos, directora del Departamento de Previsión Social, analiza en este artículo algunas alternativas disponibles en materia de contratación colectiva, como los planes de pensiones.

Lo más habitual es que esta preocupación nazca en el seno de cada hogar, y de forma particular, se contraten productos de ahorro. Pero las empresas también pueden ofrecer a sus plantillas soluciones muy atractivas. No en vano, no debemos ser ajenos a un entorno de países en los que el pilar privado de ahorro para la jubilación está más desarrollado e implementado. Hablamos así, de los planes de pensiones para empresas y seguros colectivos de jubilación.

Sin entrar en tecnicismos ni nomenclaturas, es importante destacar que estas dos opciones citadas tienen una primera diferencia. En el primer caso deben constituirse para toda la plantilla de trabajadores y trabajadoras de una empresa, sin excepción. Además, todas las aportaciones económicas deben ser iguales o responder a un mismo criterio objetivo y, por tanto, no discriminatorio. Por ejemplo, será un mismo porcentaje del salario, o por categorías profesionales…

Por supuesto, las diferentes empresas aseguradoras también ofrecen soluciones de ahorro que no impliquen a toda la plantilla; éste será el segundo de los casos antes enumerados. Soluciones más flexibles diseñadas, por ejemplo, sólo para el personal directivo y con posibilidad de categorizar por grupos, funciones, antigüedad, etc. Se pretende con ello retener talento, premiar la fidelidad del empleado, remunerar cumplimiento de objetivos… Es primordial para la empresa saber que puede optar por el no reconocimiento de derechos en caso de baja del empleado en la compañía, para que realmente la solución sirva a su cometido: si el trabajador rescinde su relación laboral, la empresa mantiene en su haber los fondos constituidos. Pero en estos casos, la deducción fiscal para la empresa en su Impuesto de Sociedades será diferida, es decir, sólo podrá aplicarse en el impuesto cuando el asegurado disfrute de los fondos constituidos.

Estos conceptos pueden ser compatibles con la retribución flexible, lo que supone que el empleado voluntariamente se involucre en estas soluciones de futuro sustituyendo parte de su nómina por aportaciones a planes con más ventajas que las contrataciones individuales. No cabe duda que disponer de esta opción aumenta la vinculación y el sentimiento de pertenencia de personas y empresas.

Veamos algunas cifras…

Al ser una iniciativa que surge de la empresa, es lógico que éstas acudan productos idóneos en cuanto a fiscalidad, liquidez, rentabilidad o seguridad. Así, se establecerán plazos de duración, se elegirán opciones de inversión como los Unit Linked, se constituirá el tradicional plan de pensiones o se formularán contratos con garantía…

Sea como sea, lo que es indudable es el impacto tan positivo que estos seguros colectivos para empresas generan en la retención del talento. Este tipo de compromisos ayudan a marcar la diferencia con la competencia, mejorando el ambiente laboral y la satisfacción de la plantilla.

¿Quieres saber más sobre retribución flexible?

A través de este vídeo, nuestra especialista en Previsión Social, Miriam Campos, explica qué es la retribución flexible con ejemplos prácticos. El vídeo ha sido grabado el pasado 21 de septiembre durante la ponencia, titulada Mirando al futuro: Previsión social para la retención del talento. No paguemos más, paguemos MEJOR.

 

 

 

Aclaraciones sobre la obligatoriedad de contar con un seguro para perros

La Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales establece en su artículo 30.3 que todos los propietarios y propietarias de perros deben contratar y mantener en vigor un seguro de Responsabilidad Civil por tenencia de perros. Esta obligación entraba en vigor el 29 de septiembre del presente año. Hasta ahora, ya que el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2023 ha publicado ahora una circular por la que informa que se retrasa dicha obligación.

El comunicado indica que la obligatoriedad de contar con un seguro para perros no resulta aplicable hasta que se produzca el desarrollo reglamentario. No obstante, se atenderá a lo establecido en normativas autonómicas que ya cuentan con esa obligatoriedad, como, por ejemplo, es el caso de la Comunidad de Madrid.

Hay que recordar también que, según su tipología, muchas pólizas de hogar incluyen la cobertura de animales domésticos. Desde S4 Correduría de Seguros recomendamos a los propietarios y propietarias de perros consultar si sus mascotas están o no incluidos en los seguros del hogar. Una vez que el Gobierno desarrolle el Reglamento y se establezcan los requisitos a cumplir, se podrá determinar si es necesario o no emitir un seguro de Responsabilidad Civil para perros específico o dicha obligación queda cubierta con la póliza de hogar actual.

Seguro para perros: animales potencialmente peligrosos

Finalmente, en el caso de los perros potencialmente peligrosos, la normativa específica (Real Decreto 28/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos) obliga a que la cobertura mínima del seguro de responsabilidad civil sea de, al menos, 120.000 €.

Se considera accidente un email que provoca una invalidez permanente absoluta

La Audiencia Provincial de Cádiz ha determinado que es accidente, a efectos de cobrar el seguro, la crisis de ansiedad grave desencadenada por un email en el que se comunicaba al asegurado o asegurada que se le relevaba de sus funciones. El demandante suscribió con la compañía de seguros demandada una póliza de accidentes que cubría su invalidez permanente absoluta. La indemnización se doblaría si ello se producía por accidente. Así, lo que se discute en el procedimiento es si procede que la aseguradora pague el doble al tratarse de un accidente.

Conforme a lo dispuesto en el art. 100 de la Ley de Contrato de Seguro, para calificar el siniestro como accidente es precisa la concurrencia de una serie de factores: que se trate de un evento involuntario, esto es, ajeno a la intención del asegurado; externo, en el sentido de no responder un proceso patológico interno o endógeno del cuerpo de la víctima; y, además, ser un evento violento y súbito, lo que significa que opera con ímpetu y fuerza contra el cuerpo humano, debiendo ser imprevisto el hecho desencadenante. La Audiencia Provincial de Cádiz, en su sentencia 212/2022, de 20 de julio, analiza dichos factores y afirma la concurrencia de los mismos, provocando la situación de invalidez permanente absoluta por accidente.

En primer lugar, se trata de un evento involuntario ya que no cabe hablar, bajo ningún concepto, de evento intencionado, ni de lesión corporal causada o fingida, por lo que se trata de un evento involuntario.

Concurre también el requisito de la cualidad externa del evento por cuanto el diagnóstico de crisis de ansiedad e hipertensiva responde a una causa exterior como es la situación estresante aguda que le provocó recibir el email que le comunicaba que se le relevaba de sus funciones.

En cuanto al carácter violento y súbito del evento, dado que la violencia se predica de la intensidad del resultado producido y su capacidad lesiva, en este caso es evidente al provocar la invalidez del actor, pues de las pruebas practicadas se deduce de manera clara y rotunda que la crisis se produjo por la llegada del referido correo electrónico.

Además, el hecho desencadenante ha de ser imprevisto. De nuevo, en este caso no se ha acreditado que el actor estuviera al tanto de que iba a ser cambiado de destino en su trabajo.

La Audiencia Provincial de Cádiz califica como accidente cubierto por la póliza de accidentes suscrita la declaración de invalidez permanente absoluta del asegurado causada por la situación estresante aguda que le provocó la recepción de un email comunicándole que era relevado de sus funciones.

Fuente: Noticias Jurídicas.

El verano concentra el 43% de los incendios en empresas en todo el año

Las altas temperaturas típicas del verano provocan cada año numerosos incendios en las instalaciones de las empresas e industrias en nuestro país. Así, en 2022, el 43% de los incendios que sufrieron las empresas en todo el año, tuvieron lugar durante el periodo estival. Así lo refleja un informe elaborado por AXA. Este porcentaje supone un aumento de 8 puntos con respecto a los incendios registrados en 2021.

En concreto, los meses de julio y agosto del año pasado concentraron el 24% de los incendios en empresas que tuvieron lugar en todo el año; frente al 19% de los siniestros ocurridos en los mismos meses de 2021. Este crecimiento está correlacionado con el hecho de que 2022 fue el peor año del siglo en lo que a incendios forestales se refiere en España.

Los costes de los incendios también experimentaron el año pasado un repunte muy significativo. El 43% de los siniestros mencionados entre junio y septiembre supusieron en 48% de las indemnizaciones a industrias afectadas por incendios de todo el año, 13 puntos porcentuales más que en el verano de 2021. También cabe destacar que, de todos los siniestros que sufren las empresas a lo largo del año, los relacionados con incendios suponen el 41% de las indemnizaciones.

Ante el alto número de incendios sufridos por empresas e industrias durante el verano, recordamos la importancia de revisar de forma periódica algunos aspectos del seguro tales como los materiales de construcción, las medidas de protección y los capitales asegurados. Y en caso de haber sufrido alguna modificación, es imprescindible regularizar la póliza para no sufrir una situación de infraseguro en caso de siniestro.

Consejos para evitar incendios en empresas e industrias

Existen una serie de acciones de mantenimiento que ayudan a prevenir incendios en las empresas e industrias:

  • Controlar en todo momento la temperatura ambiental puede ahorrar muchos disgustos. De esta forma, evitaremos que los equipos mecánicos trabajen a una temperatura superior a la recomendada por el fabricante. Además, es recomendable tener a punto los sistemas de refrigeración para evitar un sobrecalentamiento de los equipos eléctricos que se encuentran en salas cerradas.
  • Almacenar y manejar cuidadosamente los productos inflamables, haciendo caso a las indicaciones de los fabricantes y la normativa vigente. En este sentido, la distancia mínima recomendada entre el cerramiento exterior de una nave o de una fábrica y el almacenamiento de un material combustible es de 10 metros.
  • En el caso de plantas industriales ubicadas junto a bosques, se deberá ampliar el perímetro de seguridad de la zona libre de material combustible. En este caso, la recomendación es de 25 metros desde la primera línea de árboles. Si se trata de una zona de viento intenso, la distancia de seguridad se amplía a 50 metros.
  • La limpieza es clave en la prevención contra incendios. Es recomendable extremar la limpieza de la superficie de los equipos eléctricos y mecánicos, ya que el polvo de estas superficies sometido a altas temperaturas es una mala combinación. También es importante extremar la limpieza de zonas donde se trabaja con metales o vidrio ya que los restos pueden concentrar luz y calor.
  • Es muy importante retirar todos los residuos de labores de limpieza, ya que también pueden desprender gases inflamables.
  • En las zonas exteriores, es clave retirar hierbas secas o residuos que puedan arder fácilmente.
  • Mantener los cables eléctricos lejos de superficies calientes y sustituir aquellos cables en mal estado (viejos, quemados, pelados, expuestos a la intemperie) ya que son una seria amenaza de accidente.
  • Finalmente, es imprescindible tener un manual contraincendios que conozcan los empleados para saber qué cómo han de actuar en caso de siniestro

Fuente: AXA