¿Cómo se gestionan los siniestros derivados de catástrofes naturales en España?
La mañana de hoy traía consigo una trágica noticia. Un terremoto de magnitud 8,2 había sacudido el sur de México y, aunque de momento no se tienen datos oficiales definitivos, ya se habla de numerosas víctimas mortales, decenas de heridos e incalculables daños materiales. Además de sismos, en los últimos años hemos sido testigo de fenómenos naturales extraordinarios como inundaciones, temporales, maremotos, etc. que han tenido un efecto devastador en diferentes países pero, ¿cómo reaccionar en caso de que se produjera en España?
Cuando hablamos de catástrofes hacemos referencia a un suceso que altera el orden previsto, ya sea por causas naturales o por la acción humana, como puede ser el terrorismo. En el caso de que sucediera en España, el organismo encargado de gestionar las indemnizaciones a las personas y bienes asegurados por catástrofes de esta índole es el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS).
¿Qué es y cómo funciona el CCS?
El CCS es una entidad pública empresarial dependiente del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad a través de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. Su principal función es la gestión, peritación e indemnización por los daños ocasionados por las catástrofes anteriormente mencionadas –siniestros excepcionales por los que las compañías aseguradoras privadas no están obligadas a responder- , siempre y cuando exista un seguro previo sobre el bien afectado y éste se encuentre al corriente de pago.
¿Cómo gestionar una reclamación?
En caso de verse afectado, el usuario debe presentar la solicitud de indemnización al CCS por daños materiales a través de los siguientes medios: por teléfono, por correo electrónico, por correo ordinario o a través de un portal habilitado en su página web. En términos generales, e independientemente del medio solicitado para transmitir la solicitud, es necesario disponer de información relativa a la póliza, datos personales, datos bancarios para el pago de la indemnización así como una relación de los daños, materiales y/ o personales sufridos. Tras la valoración de los daños, el Consorcio abona al usuario el importe de los gastos de reparación o reposición de los bienes afectados mediante transferencia bancaria.
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