¿Por qué contratar un seguro para las mascotas?
La palabra mascota va asociada siempre al término responsabilidad. Cuando se adquiere un animal de compañía, automáticamente se obtienen distintas obligaciones que van desde su cuidado diario hasta ser responsable de los incidentes que pueda producir en su entorno, ya sean a nivel físico o material. Como se indica en el Artículo 1905 del Código Civil, “el poseedor de un animal o el que se sirve de él, es responsable de los perjuicios que causare, aunque se le escape o extravíe. Sólo cesará esa Responsabilidad de propietarios de animales en el caso de que el daño proviniera de fuerza mayor o culpa del que lo hubiera sufrido”.
Por esta razón y más allá de modas relacionadas con la tenencia de ciertas especies, se hace necesario que las mascotas dispongan de un seguro concreto que las cubra ante posibles riesgos y/ o imprevistos que se puedan derivar de su comportamiento. En España, tener un seguro para animales de compañía no es obligatorio, excepto para aquellos perros de raza peligrosa. En muchos casos, es posible incluir una cláusula que los cubra dentro del seguro Multirriesgo de Hogar, aunque lo ideal es contratar un seguro específico y personalizado con opción a coberturas adaptadas a las necesidades de cada mascota. Y es que contratar un seguro para el animal no sólo aporta tranquilidad al propietario al cubrirse la responsabilidad civil ante terceros, sino que también permite evitar las preocupaciones económicas que puede implicar el hacer frente a los elevados costes de las citas veterinarias imprevistas en caso de enfermedad o accidente.
Pero, ¿qué coberturas se pueden contratar y cuáles son sus ventajas?
- Seguro de Responsabilidad Civil ante terceros. En España es obligatorio para los Perros Potencialmente Peligrosos. Cubre los daños materiales y personales derivados de la conducta del animal.
- Seguro de Accidentes: además de responder ante terceros, este seguro cubre también el tratamiento de las lesiones que pueda sufrir la mascota.
- Seguro de Asistencia Veterinaria: cubre los gastos derivados de consultas veterinarias, devolviendo al propietario el coste de las intervenciones quirúrgicas, tratamientos médicos concretos u otros problemas relacionados con su salud. Existe también la posibilidad de incluir un servicio de asistencia telefónica que ofrece al dueño asesoramiento para actuar ante ciertas circunstancias.
Otras cláusulas que se pueden añadir pueden ser defensa jurídica, indemnizaciones por robo o extravío, gastos derivados de la residencia canina, sacrificio, traslado o incineración. En todo caso, para poder contratar la póliza, es necesario cumplir una serie de requisitos: disponer de la cartilla de vacunación actualizada, tener microchip identificativo implantado en caso de ser un perro y tener en regla toda la documentación necesaria para cada animal. Todo ello junto a la raza o la edad, condicionarán el precio final.