Has oído hablar de los Seguros de Comunidades de Propietarios pero, ¿conoces sus ventajas?

Como su nombre indica, los Seguros Multirriesgo de Comunidades están diseñados para proteger el patrimonio común de vecinos y propietarios de los múltiples riesgos a los que se pueden enfrentar. Es decir, responden ante los siniestros que afectan a la estructura, la fachada, el suelo, las puertas, etc. de la finca, según las coberturas que se contraten y una vez comprobado que la reclamación no puede ser exigible al constructor del inmueble, tal y como recoge el artículo 17 la Ley 38 /1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación. Estas incidencias pueden ser muy comunes ya que, tal y como indican desde la Unión Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras (UNESPA), el sector asegurador atiende unos 906.000 siniestros en comunidades de vecinos al año alcanzando los 372 millones de euros la suma de las indemnizaciones y reparaciones realizadas por las entidades.

A pesar de que no existe ninguna ley a nivel nacional que obligue a contratar una póliza de estas características a las comunidades de vecinos, sí existen disposiciones legales que en el caso de la Comunidad Valenciana (artículo 30 de la Ley 8/2004, de 20 de octubre) y Madrid (artículo 24 de la Ley Madrid 2/1999, de 17 de marzo) hace obligatoria la suscripción de una póliza que cubra, mínimo, el riesgo de incendio y la responsabilidad civil ante terceros. En España existen más de 743.000 edificios asegurados y es que disponer de una póliza de estas características es más que recomendable para evitar las derramas y problemáticas que pueden surgir ante un inesperado siniestro.

¿Qué cubre un Seguro Multirriesgo de Comunidades?

Algunas de las coberturas que ofrecen estos seguros son:

  • Incendio: causado por negligencias, rayos o explosiones.
  • Realojamiento provisional en el caso de que los daños sufridos por la estructura no permitan volver a su interior hasta su rehabilitación
  • Responsabilidad civil: cubre daños sufridos por terceros en las zonas comunes del edificio
  • Robo, hurto y daños materiales derivados de esas acciones, pudiendo incluirse el robo de fondos o documentos comunitarios.
  • Fenómenos atmosféricos: además de los incendios causados por rayos y ya mencionados en el primer punto, se incluirían en este ítem aquellos destrozos causados por temporales (granito, lluvia, viento), etc.
  • Daños eléctricos: daños en las instalaciones eléctricas que pueden incluir desde el ascensor hasta el portero automático.
  • Daños por agua: rotura de tuberías, goteras, etc. diferenciando los daños causados en las viviendas privadas y en las zonas comunes.
  • Roturas e impactos: cubriría la rotura de aquellos elementos frágiles como cristales, espejos, etc. así como los impactos sufridos en la estructura del edificio por vehículos, animales o aparejos varios.
  • Tratamiento, prevención y control de plagas
  • Servicio de asistencia técnica 24 horas, 365 días al año

Pero si algo caracteriza a este tipo de seguros es su flexibilidad, pudiendo ir desde una modalidad básica hasta una más compleja que contemple, incluso, la asistencia y protección jurídica. Todo ello dependerá, solamente, de las necesidades de cada construcción y de sus inquilinos.

Es complementario del seguro de hogar

Contar con un Seguro Multirriesgo de Comunidades no implica renunciar al Seguro Multirriesgo del hogar, y viceversa. Ambas pólizas son complementarias ya que, aunque pueden tener coberturas muy parecidas, protegen riesgos distintos y, por ejemplo, el seguro de comunidades no protege el contenido de la vivienda. Sin embargo sí que hay servicios que se pueden duplicar si existen contrataciones específicas, como puede ser el mantenimiento del ascensor, por lo que se recomienda revisar las condiciones de cada una de las pólizas antes de cerrarlas.

En S4 contamos con un departamento especializado en la gestión de riesgos para particulares que buscará las mejores opciones personalizadas para ambos riesgos (comunidades de propietarios y hogar), analizando cada caso particular, resolviendo cualquier duda que pueda surgir y evitando duplicidades en las coberturas y los gastos que ello implica. No dudes en ponerte en contacto con nosotros a través del correo electrónico s4@s4net.com o en el teléfono 902 50 46 94.