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Aprobada la Ley de Protección de Informantes

Ayer, 16 de febrero, ha sido aprobado en el Congreso de los Diputados la nueva Ley reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, también conocida como Ley de Protección de Informantes. La norma transpone la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión Europea.

Esta Ley tiene como finalidad principal proteger a las personas que, en un contexto laboral o profesional, detecten infracciones penales o administrativas graves o muy graves y las comuniquen a través de los canales de denuncia.

¿Por qué era necesaria esta norma? El Institute of Business Ethics realizó en 2021 la encuesta “The Ethics at Work” en la que participaron alrededor de 10.000 empleados de 13 países. Se les preguntó cómo experimentaban los dilemas éticos en su vida laboral cotidiana y, en concreto, una de las preguntas realizadas fue la siguiente: ¿hasta qué punto están dispuestos a denunciar cuando tienen conocimiento de una conducta indebida?

El resultado de la encuesta determinó que, por término medio, más de la mitad de los empleados que tienen conocimiento de una conducta indebida deciden denunciarla. A pesar de que parezca una buena cifra, este resultado significa que, en casi la mitad de los casos, se ha perdido la oportunidad de prevenir e investigar la mala conducta junto con las consecuencias que ello conlleva a la organización.

Además, en la encuesta se destacó que en EE.UU. son más propensos a denunciar que en otros países. Por otra parte, en España, Portugal y Suiza, menos de la mitad de los encuestados que tuvieron conocimiento de una conducta indebida lo denunciaron.

Gráfico 1. Ante la pregunta ¿has denunciado o trasladado alguna de tus preocupaciones a la dirección de la empresa, a alguna otra persona apropiada o a través de algún otro mecanismo?, en España en 2021 sólo el 49% de los encuestados contestaron de forma afirmativa. Esta cifra sitúa a nuestro país en el tercer lugar de la parte baja de la tabla. Fuente: Institute of Business Ethics

¿Por qué sucede esto? ¿Por qué estas cifras? Se pueden incluir como principales causas el miedo a sufrir represalias junto con la sensación de que nada va a cambiar a pesar de que denuncien, además del desconocimiento por parte de los empleados de la existencia de un procedimiento en su empresa para denunciar.

Por lo tanto, resulta esencial, regular una ley en la que se otorgue una protección adecuada frente a las represalias que puedan sufrir las personas físicas que informen sobre alguna conducta indebida a través de un canal interno de la organización, así como la realización de un seguimiento de las denuncias recibidas.

Puntos clave de la nueva Ley de Protección de Informantes

Entre otras novedades, destacamos las siguientes cuestiones de la nueva Ley reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

En primer lugar, respecto al ámbito de aplicación, la Ley de Protección de Informantes afecta tanto al sector público como al sector privado. Éstas últimas, siguiendo la previsión de la Directiva, estarán obligadas a configurar un sistema interno de información cuando cuenten con más de 50 trabajadores.

No obstante, se establecen una serie de casos en los que será obligatorio contar con dicho sistema interno de información con independencia del número de empleados debido a su actividad en materia de servicios, productos y mercados financieros, prevención de blanqueo de capitales o de la financiación del terrorismo, seguridad del transporte y del medio ambiente; así como los partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales, y las fundaciones que de los mismos dependen, siempre que reciban fondos públicos para su financiación.

En relación a la configuración de estos canales, que deben permitir las denuncias anónimas, es obligatorio que reúnan determinados requisitos, entre otros, su uso asequible, las garantías de confidencialidad, las prácticas correctas de seguimiento, investigación y protección del informante. Asimismo, resulta indispensable para la eficacia del sistema interno de información la designación de un responsable para su correcto funcionamiento.

Otra novedad, es la implementación de un canal externo cuya llevanza corresponde a la nueva Autoridad Independiente de Protección del Informante. De este modo, su actuación estará presidida por los principios de independencia y autonomía en la recepción y tratamiento de la información sobre infracciones.

Finalmente, la Ley prevé sanciones proporcionales y disuasorias hacia los informantes que hayan obrado de mala fe, comunicando o revelando públicamente información falsa.

Conclusiones

En conclusión, la Ley de Protección de Informantes tiene como finalidad el fortalecimiento de la cultura de la información, de las infraestructuras de integridad de las organizaciones y el fomento de la cultura de la información o comunicación como mecanismos para prevenir y detectar amenazas.

Las empresas y, en especial, la Alta Dirección deberán formar, concienciar y comunicar acerca de la existencia de estos canales y de las garantías que les asisten, generando confianza en los empleados y en su viabilidad. Recordemos que, de las causas mencionadas anteriormente, todas se podrían solucionar si las empresas utilizan bien esta herramienta, que posee múltiples ventajas para su organización.

Os dejamos el link a la encuesta: https://www.ibe.org.uk/ethicsatwork2021/explorethedetail.html

 

Solo el 10% de las pymes cuenta con un Seguro RC de Administradores y Directivos

La responsabilidad de los directivos de las empresas está en constante evolución y sus actos tienen más efectos y en más ámbitos que los estrictamente económicos. Actos, que en determinadas ocasiones pueden conllevar una responsabilidad penal o incluso tener que responder con su patrimonio personal. Por eso, es importante protegerse ante posibles errores o negligencias con un Seguro de Responsabilidad Civil para Administradores y Directivos (también conocido como Seguro D&O por sus siglas en inglés, Directors and Officers).

Sin embargo, el Seguro RC de Administradores y Directivos tradicionalmente han estado asociados a las grandes empresas. Así y según un reciente estudio elaborado por la empresa aseguradora Hiscox, sólo el 10% de los directivos de las pymes españolas cuenta con un seguro de este tipo. En el caso de las pymes sin asalariados, solo el 3% tiene contratado un Seguro RC de Administradores y Directivos.

La contratación de un Seguro RC de Administradores y Directivos crece en empresas de mayor tamaño con empleados contratados. Así, hasta el 18,1% de las microempresas con menos de nueve empleados cuenta con dicho seguro. El porcentaje aumenta hasta un 28,4% en el caso de medianas empresas (entre 50 y 249 empleados). Las pymes que cuentan con un mayor número de directivos con un seguro son las pequeñas (entre 10 y 49 empleados), con un 38,4%.

La necesidad de un Seguro RC de Administradores y Directivos en las pymes

El Seguro RC de Administradores y Directivos protege a los empresarios frente a reclamaciones realizadas por un tercero. Las coberturas aplican a tres grandes áreas:

  • Perjuicios ocasionados por el directivo a terceros.
  • Cuando es la entidad la que ocasiona perjuicios a terceros por infringir prácticas laborales.
  • Perjuicios ocasionados por la entidad a terceros.

Además, estas pólizas cubren también costes, honorarios legales y gastos necesarios para que el directivo o gerente pueda establecer su defensa en caso de reclamación. En caso de que la imagen del directivo o de la empresa se vea afectada, también cubrirá los costes de una agencia de marketing o comunicaciones para recibir asesoramiento y ayuda a la hora de restaurar la reputación de los mismos.

Finalmente, el Seguro RC de Administradores y Directivos abonará cualquier pérdida que derive de una reclamación por contaminación, actuaciones incorrectas en materia de empleo y contratación o reclamaciones por incumplimiento en materia de protección de datos. En caso de condena por cumplimiento indebido de una obligación de la póliza, se pagará la indemnización económica obligatoria, así como las indemnizaciones interpuestas por la Agencia Tributaria. Igualmente, los administradores quedarán cubiertos en caso de ser sancionados administrativamente o multados por las autoridades públicas.

Te invitamos al afterwork con Teresa Portela “Empresa y Deporte, dos mundos paralelos”

Grupo S4 tiene el placer de invitarle al afterwork con Teresa Portela “Empresa y Deporte, dos mundos paralelos”. La piragüista y subcampeona olímpica nos contará en esta ocasión su experiencia como empresaria, ya que es codirectora del Centro de Fisioterapia Mascato & Portela. La cita es el próximo jueves 13 de octubre a las 19.00 horas en el Pazo da Touza, en Nigrán (Pontevedra).

Los asistentes podrán disfrutar de una charla motivacional en la que se potenciarán valores como el esfuerzo, la constancia y la disciplina. Valores que, tanto en el deporte, como en la vida empresarial, son fundamentales para conseguir el éxito.

Tras la charla, disfrutaremos de un vino gallego acompañado de música tradicional gallega de la mano del grupo Ardentía.

El aforo es limitado, por lo que pedimos que todas las personas que deseen asistir, se pongan en contacto con el departamento de marketing y comunicación de S4 Correduría de Seguros a través del mail comunicacion@s4net.com o marketing@s4net.com .

Un evento único en un entorno sin igual

El afterwork con Teresa Portela será un evento único en un entorno sin igual. Declarado Patrimonio Histórico y bien de interés cultural, el Pazo da Touza es una edificación del siglo XVI, reformada posteriormente en el siglo XVIII. Cuenta con su propia torre, que da fe de su señorial carácter. La balconada y los jardines autóctonos son también muestras de la arquitectura típica gallega conservada. El interior, sin embargo, cuenta con un estilo más moderno que respeta la tradición y la fusiona con una decoración actual e intercultural. De esta forma, tradición y modernidad se unen en una parcela que cuenta con un total de cuatro hectáreas.

Ubicado en el Val Miñor, pertenece al Ayuntamiento de Nigrán, a escasos 20 min de Vigo, Pontevedra. Desde su construcción en el Siglo XVI el Pazo da Touza ha sido habitado por ilustres familias del suroeste de la provincia de Pontevedra pasando de manos entre herederos.

En el S XX se transformó para uso agrícola, aprovechando los 40.000 m2 de finca y las magníficas condiciones de tierra y clima para el cultivo de manzanos. Y es a finales del siglo cuando el Pazo da Touza es rehabilitado como establecimiento hotelero para la celebración de bodas y eventos. Conserva en sus jardines árboles centenarios y un laberinto de Boj.

Teresa Portela nos inspira

Su lucha durante 24 años en la élite del deporte, su fuerza y constancia para lograr su sueño, suponen todo un referente para nuestro trabajo como gestores de riesgos. Por eso, desde S4 queremos acompañar a Teresa Portela en su camino a los Juegos Olímpicos de París 2024.

¿Qué valores compartimos S4 y Teresa Portela? En el deporte, como en la vida, la lucha, la constancia y la disciplina son los ingredientes fundamentales para conseguir el éxito. El camino de Teresa Portela tampoco ha sido fácil, pero gracias a sus valores y a su pasión, ha hecho historia en el deporte español. Deportista, empresaria y madre, es la primera mujer que ha competido en 6 Juegos Olímpicos. Y ha sido en su última participación cuando ha alcanzado su sueño: ser subcampeona olímpica.

De todo ello, nos hablará en el afterwork con Teresa Portela “Empresa y Deporte, dos mundos paralelos”.