¿Cómo afecta la reforma de la Ley Concursal a los seguros D&O?
El pasado 26 de septiembre de 2022, entraba en vigor la nueva Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal, (en adelante, Ley 16/2022). La norma supone un endurecimiento del régimen de responsabilidad de los administradores y directivos. Además, crea una nueva figura que puede incurrir en responsabilidad civil. El departamento de empresas y consultoría legal de S4 Correduría de Seguros analiza a continuación estos aspectos y cómo ha afectado esta norma a los seguros D&O.
Esta ambiciosa ley, tiene, entre otros, el objetivo de simplificar el concurso de acreedores en aras de la siempre deseada rapidez de la tramitación y eficiencia institucional. Algunas de las novedades más reseñables es la modificación de la sección de calificación en sede concursal, y que, en consecuencia, afectan a las pólizas de los Seguros D&O.
En concreto, la presente ley introduce importantes innovaciones relativas a la presentación del informe de calificación, con continuidad de plazos para acelerar la tramitación de la sección sexta, y a la supresión del dictamen del Ministerio Fiscal. Esta supresión se compensa con el reconocimiento de la legitimación de los acreedores (que representen, al menos, el 5% del pasivo o sean titulares de créditos por importe superior a un millón de euros) para presentar informe de calificación simultánea e independientemente del informe del administrador concursal, solicitando que el concurso sea calificado como culpable.
Debido a la introducción de este nuevo informe de calificación de los acreedores, los seguros D&O deberán dar cobertura a la responsabilidad civil de los administradores que tendrán que cubrir la defensa jurídica de éstos en la propia pieza de calificación en el marco de la sección sexta del concurso.
Novedades en los Seguros D&O: El experto en la reestructuración
Asimismo, otra de las novedades, y que interviene en los seguros de D&O, es la creación de una nueva figura: el experto en la reestructuración. El diseño que ha hecho la ley de esta figura, es más próximo a la figura de un mediador que facilite la negociación entre las partes, ayude a deudores con poca experiencia o conocimientos en materia de reestructuración, y eventualmente facilite las decisiones judiciales cuando surja alguna controversia entre las partes.
Esta nueva figura se caracteriza porque va a responder por los daños y perjuicios causados al deudor o a los acreedores por infracción de los deberes de diligencia, independencia e imparcialidad y, a efectos de cubrir esta responsabilidad, la nueva ley exige que concierte un seguro de responsabilidad civil o que, en su caso, constituya una garantía equivalente, proporcional a la naturaleza y alcance del riesgo cubierto por cuya virtud el asegurador o la entidad de crédito se obligue, dentro de los límites pactados, a cubrir el riesgo del nacimiento a cargo del propio experto asegurado de la obligación de indemnizar por los daños y perjuicios causados a terceros en el ejercicio de su función.
El carácter obligatorio de este seguro de responsabilidad civil determinará que las entidades aseguradoras adecúen las pólizas de seguro a los riesgos propios de esta actividad, que no entran dentro de las coberturas propias del seguro de responsabilidad civil del administrador concursal.
Conclusiones
En conclusión, debido al endurecimiento del régimen de responsabilidad de los administradores y directivos, y, por otro lado, a la creación de una nueva figura que puede incurrir en responsabilidad civil, consideramos necesario la revisión de las pólizas de seguros D&O.
Desde el Departamento de Empresas e Ingeniería de S4 Correduría de Seguros, podemos ofrecerle un asesoramiento integral que le permita adecuarse a las necesidades de su empresa en materia de suscripción de pólizas de D&O.
Quedamos a su entera disposición.
Departamento de Empresas.