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Éxito de participación en el XVIII Open de Tenis Trofeo S4 Asesores

Este domingo 1 de agosto ha finalizado el Open de Tenis Trofeo S4 Asesores en Gondomar (Pontevedra), contando con un gran éxito de participación, tanto en la categoría de federado como no federado. En total, han sido 175 los inscritos, lo que supuesto todo un récord en la historia del torneo. Todos recibieron como obsequio la camiseta oficial del torneo, cortesía de S4 Asesores y Consultores.

El torneo ha sido organizado por el Club de Tenis Gondomar.  Se ha celebrado en las Pistas Municipales y en el Pabellón de Deportes de Gondomar del 26 de julio al 1 de agosto. El último día han tenido lugar las finales de todas las categorías. Los trofeos se han entregado después de cada partido para evitar aglomeraciones, respetando así todos los protocolos de seguridad frente al COVID-19. Rosa Hermida, Directora de S4 Asesores y Consultores, ha acudido a algunas de estas finales junto a Alfredo Blanco, Director General de Grupo S4.

S4 Asesores y Consultores ha obsequiado a cada uno de los participantes con una camiseta conmemorativa del Trofeo.

“Ser Patrocinadores Oficiales del Torneo es para nosotros una tradición y un orgullo. Es nuestra manera de apoyar a la comunidad y al deporte, apostar por la cultura del esfuerzo y la constancia. Estos valores rigen nuestro día a día en la Asesoría y también en otros ámbitos de la vida, por lo que apoyar el trofeo es mucho más que un acto de RSC”, ha destacado Rosa Hermida, Directora de la Oficina de S4 Asesores y Consultores de Gondomar.

Gracias a todos los participantes y enhorabuena a los ganadores. Lo más importante de esta competición, ha sido el espíritu y los valores asociados al deporte que cada uno de vosotros habéis demostrado en la cancha.

Finalistas y campeones del Club en el XVI Open de Tenis Trofeo S4 Asesores recogiendo el galardón este 1 de agosto.

 

Nuevas normas de seguridad para embarcaciones de recreo

El pasado 19 de mayo se publicaba en el BOE el Real Decreto 339/2021, que establece nuevas normas de seguridad para embarcaciones de recreo, así como para la prevención contaminación. La normativa ha entrado en vigor este 1 de julio de 2021, a excepción de las modificaciones que realiza para motos náuticas y titulaciones náuticas, que entraron en vigor el pasado 20 de mayo.

Dicho Real Decreto es de aplicación a embarcaciones que desarrollen actividades con fines comerciales o lucrativos en aguas españolas, con eslora comprendida entre 2,5 metros y 24 metros, y que no transporten a más de 12 pasajeros. Igualmente, es aplicable a embarcaciones de recreo españolas y extranjeras con vinculación a España.

El objetivo del Real Decreto es establecer nuevas normas de seguridad para embarcaciones de recreo. Actualiza las existentes y las adecúa a la evolución tecnológica de los equipos y a la nueva regulación europea. Y es que la anterior norma llevaba vigente más de 17 años. Se trata de la Orden FOM/1144/2003, de 28 de abril, que ya ha quedado derogada.

Nuevas medidas de seguridad y de prevención contra la contaminación

Este nuevo Real Decreto determina el equipo de seguridad, en la esfera del salvamento, la navegación y la protección contra incendios. Determina igualmente las obligaciones de los propietarios y patrones en los siguientes aspectos:

  1. Deben mantener el estado de la embarcación y su equipo de salvamento (balsas salvavidas, chalecos salvavidas, aros salvavidas, señales de socorro) y de navegación (luces, marcas, señales acústicas, líneas de fondeo y otro material diverso), entre otros equipos de seguridad contra incendios y medios de achique, conforme a la normativa.
  2. Deben garantizar que el número de personas a bordo no sea en ningún caso superior al número máximo autorizado a la embarcación.
  3. Determina igualmente los requisitos que deben reunir dichos equipos. Los equipos ya instalados a bordo no tendrán la obligación de cumplir con los nuevos requisitos, pero no se podrán instalar en otras embarcaciones. Los nuevos equipos obligatorios se instalarán en el plazo de 6 meses desde la entrada en vigor, esto es, antes del 1 de enero del 2022.

En relación a la prevención contra contaminación, se prohíbe la descarga de aguas sucias salvo que se cumpla alguna de las siguientes condiciones:

  1. Que la embarcación efectúe la descarga a una distancia superior a 3 millas náuticas de la tierra más próxima.
  2. Que la embarcación efectúe la descarga fuera de zona 7, utilizando una instalación de tratamiento de aguas sucias con unos requisitos de rendimiento determinados.

Las excepciones a esta descarga son las situaciones en que es necesario garantizar la seguridad de la embarcación y de las personas a bordo para salvar vidas; y las situaciones resultantes de averías, si se han tomado precauciones razonables para prevenir o reducir al mínimo la descarga.

Régimen sancionador

Las nuevas normas de seguridad para embarcaciones de recreo también conllevan novedades en el cuadro de infracciones y sanciones.

Las sanciones graves tendrán una multa de entre 100 y 600 euros y de hasta 3.000 euros para embarcaciones de 12 metros. Las sanciones más graves se prevén para supuestos de incumplimiento del deber de facilitar a las autoridades competentes el manual de instrucciones de la embarcación. También se considera infracción grave hacerlo de modo incorrecto o fuera del plazo de diez días, con el objeto de verificar que los extintores portátiles o los sistemas fijos de extinción de incendios a bordo se ajustan a lo que figura en el contenido del manual. Asimismo, para los supuestos de no disponer equipo de prevención de la contaminación por las aguas sucias o conexión universal a tierra, o no cumplir éste su función.

 

Nace la norma ISO 37301:2021 para certificar Compliance Corporativo

La Organización Internacional de Normalización (ISO) ha publicado un nuevo estándar en materia de cumplimiento normativo. Nace la norma ISO 37301:2021 Compliance management systems – Requirements with guidance for use (en adelante, ISO 37301). Se trata de un ejemplo más de la importancia que está tomando en el mundo empresarial la implantación de protocolos que favorezcan la ética corporativa. En S4 Asesores y Consultores contamos con un departamento especializado en Corporate Compliance. Ayudamos a las empresas a implementar estas medidas y minimizar la posibilidad de comisión de delitos en el desarrollo de su actividad.

Nace la norma ISO 37301:2021 con el objetivo de diseñar y evaluar los sistemas de gestión de Compliance transversales. Es decir, aquellos modelos que procuran el cumplimiento de las normas más relevantes de cada organización. La principal novedad es que es una norma certificable, lo que permitirá evidenciar el funcionamiento y vigencia de un estándar exigente en materia de cumplimiento normativo.

Esta norma da relevo a la norma ISO 19600, que, siendo el primer estándar internacional sobre Compliance, se vio eclipsada por la inmediatamente posterior sobre sistemas de gestión anti-soborno, la norma ISO 37001.

En S4 Asesores somos especialistas en Compliance

Desde S4 Asesores y Consultores ayudamos a las empresas a alinear sus sistemas de gestión de riesgos conforme a normas internacionalmente reconocidas. Y es que la nueva norma mantiene una estructura de alto nivel. También desarrolla los elementos que debe reunir un sistema de gestión de riesgos conforme al conocido esquema “plan – do – check – act”. Se aplica con carácter transversal a toda la organización. Permite integrar en ella otras normas preexistentes destinadas a gestionar riesgos de ámbitos normativos más específicos.

Obtener la certificación ISO 37001 permite lograr un objetivo doble. Por un lado, implantar el sistema de gestión de riesgos y mantenerlo actualizado en el marco de la mejora continua al que necesariamente debe estar sometido (y es que, lo que no se puede medir, no se puede mejorar). Por otro lado, la certificación permite acreditar ante un tercero –clientes, accionistas, Administración Pública, etc.–, que la organización cumple con las obligaciones establecidas en el estándar en cuestión.