Los riesgos y peligros asociados al uso de Telegram

Telegram es una aplicación para el envío de mensajes de texto instantáneos. Aunque en sus inicios tan solo se podía utilizar en teléfonos móviles, hoy está disponible en multitud de plataformas. Este servicio funciona gracias a un protocolo de comunicación propio, denominado Mobile Transport Protocol, que lo diferencia de otros similares -como puede ser el Whatsapp- al permitir la multisesión, el envío de archivos independientemente de su peso o formato o creación de chats secretos.

Sin embargo, esta aplicación muestra una serie de debilidades, asociadas especialmente a la necesaria vinculación de cada cuenta con un número de teléfono móvil y un usuario y a los peligros que ello implica: control de la información compartida, rastreo de datos, etc. Por todo ello, el Centro Criptológico Nacional ha publicado en el día de hoy un informe sobre los peligros de esta herramienta y cómo podría afectar su uso tanto a nivel particular como a nivel profesional.

¿Cuáles son los principales riesgos que supone su uso?

Tal y como reza en mencionado informe, las principales debilidades de esta aplicación vienen de la mano de su popularidad– algo que la sitúa en el punto de mira de los ataques cibernéticos cuyo objetivo es la recopilación de información concreta- y de su cifrado: obliga a los usuarios a confiar en su metodología de almacenamiento de datos y privacidad que puede verse afectado por problemas de seguridad.

Además de todo, también se puede dar:

  • Secuestro de cuentas: a través de los fallos producidos en el protocolo de comunicaciones, el atacante hace creer a la red telefónica que dispone del mismo número de teléfono que el atacado, recibiendo así un código de verificación, por mensaje o llamada, que permite el acceso a la información de la víctima
  • Robo de cuentas y acceso a las mismas, en caso de pérdida o sustracción del dispositivo, sobrepasando los mecanismos de bloqueo del propietario (PIN, huella dactilar, etc.)
  • Monitorización de la cuenta: haciendo un seguimiento de todos los movimientos de ésta a través de la agenda, añadiéndolo a sus contactos y suscribiéndose de manera automática a las notificaciones relativas a la víctima (última conexión, etc.)

¿Cómo evitar que nuestra cuenta sea atacada?

Hablando de ciberataques, toda precaución es poca. A modo de prevención, se recomienda seguir una serie de pautas que ayuden a minimizar el riesgo o la voracidad de los posibles ataques:

  • Bloquear el teléfono: ya sea con un código pin, huella dactilar, patrón de desbloqueo, etc.
  • Deshabilitar la previsualización de los mensajes, evitando que terceras personas puedan acceder a aquellas notificaciones que llegan a cada terminal
  • Revisar las solicitudes de acceso a información de las aplicaciones descargadas
  • Desactivar Wifi, Bluetooth y demás conexiones adicionales posibles para minimizar el riesgo de ataque

Para más información no dude en ponerse en contacto con nuestro experto en Ciberriesgos, D. Gabriel Beiro, a través del teléfono 902 50 46 94, en el correo electrónico consultoria@s4net.com o a través de nuestros perfiles sociales en LinkedinFacebook o Twitter.

 

Los objetos de valor, ¿necesitan de un seguro especial?

Cuando se habla de obras de arteartesanía, joyas, marfil, colecciones completas, instrumentos musicales, etc. se hace referencia de una serie bienes que, por su valor, se consideran especiales. Para las aseguradoras, el concepto “objeto de valor especial” hace referencia a aquellas piezas con un valor unitario de 1.800 €, aunque éste puede variar según las condiciones particulares de cada compañía. En todo caso, se habla siempre de valor monetario independientemente de su valor emocional, que puede ser incalculable.

¿Cómo asegurar estos bienes?

Generalmente, su garantía se incluye dentro de los seguros de hogar, siempre que se declare como tal y se especifique en cláusulas o condiciones especiales o adicionales de la póliza. Es decir, en caso de que se contrate este tipo de riesgo y no se especifique la cobertura de las piezas, éstas quedarán excluidas y, en caso de que se vean afectadas por algún siniestro, no habría posibilidad de indemnización.

Por ello, para garantizar la seguridad del bien en cuestión, se recomienda contratar una póliza específica, haciendo frente a una prima concreta para su protecciónEste tipo de seguros incluyen coberturas más ampliasespecializadas, aportando una gran tranquilidad al propietario que debe, siempre, realizar una tasación lo más exacta posible del valor del riesgo. Además de asegurar su valor en caso de robo, hurto o daños que pueda sufrir, también se puede proteger en caso de traslado, accidente, pérdida, etc. según su naturaleza y funciones.

Para más información sobre este tipo de seguro y sus condiciones particulares, puede contactar con nuestro Departamento de Particulares a través del correo electrónico s4@s4net.com, en el teléfono 902 504 694 o en nuestros perfiles sociales de FacebookTwitter LinkedIn.

Los retos del sector asegurador ante la autonomía de los autos del futuro

La tecnología avanza más rápido cada día y los coches autónomos son hoy una realidad. A pesar de que se espera que pasen varios años hasta que su presencia en las carreteras sea superior a los autos actuales -ya que, entre otros factores, es necesario actualizar la legislación al respecto así como abaratar los costes de su producción y su precio final-, las diferentes marcas parecen apostar por funciones autónomas a medio plazo.

Pero, ¿qué es en realidad un coche autónomo?

Los vehículos autónomos son aquellos que no necesitan de un conductor al volante que dirija sus movimientos. El propio auto se adapta a las necesidades de cada momento, sustituyendo las funciones del conductor actual y realizando las maniobras precisas: perciben el dibujo de la carretera, la presencia de personas u objetos, detectan las señales de tráfico, etc. Sin embargo, los primeros pasos parecen indicar una instauración progresiva y parcial de estas funciones con el objetivo primero de reducir los accidentes provocados, principalmente, por fallos humanos.

La reinvención del seguro de auto

En primer lugar hay que tener en cuenta que si estos autos logran reducir el número de accidentes que se producen –cabe recordar que un gran número de ellos se producen errores de los conductores- se habla también de una reducción de la siniestralidad en la carretera, factor que afecta directamente al sector asegurador.

En este nuevo escenario sería lógico pensar que las primas de los seguros se reducirían en la medida en que lo haga el riesgo de sufrir accidentes. Sin embargo, aparecen nuevos actores y productos que es necesario tener en cuenta en las pólizas, así como la definición de la culpabilidad en caso de siniestro: ¿fallo tecnológico? ¿software defectuoso? ¿propietario irresponsable ante una falta de revisión? En definitiva, nuevas necesidades que parecen indicar la necesidad de reinventar los seguros de auto, al menos tal y como los entendemos en la actualidad, y que irán ligadas, a su vez, a un cambio cultural, generacional y legal al mutar por completo la concepción actual de los utilitarios.

Las consecuencias de conducir sin el seguro obligatorio del automóvil

Tal y como se recoge en el Real Decreto Legislativo de 8/2004 de 29 de octubre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro de Circulación para vehículos a motor, “todo propietario de vehículos a motor que tenga su estacionamiento habitual en España estará obligado a suscribir y mantener en vigor un contrato de seguro por cada vehículo de que sea titular, que cubra, hasta la cuantía de los límites del aseguramiento obligatorio, la responsabilidad civil” (Sección I, art. 2). Esta obligación recae sobre el propietario del vehículo, quedando exentos de esta obligatoriedad los vehículos que se retiran de la circulación y que causan baja en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico, ya sea de forma temporal o definitiva.

A pesar de este carácter obligatorio, los estudios realizados desde la Dirección General de Tráfico desvelan que existen más de dos millones de vehículos que circulan por nuestras carreteras sin disponer de una póliza de seguro cuyo objetivo principal es responder, económicamente, ante los daños personales y/ o materiales que se produzcan en un accidente de tráfico.

¿Cuáles son las consecuencias de conducir sin seguro?

Conducir sin seguro en el auto no está considerado un delito o falta sancionado como tal en el Código Penal, pero sí está castigado con una infracción administrativa al tener un carácter obligatorio por ley. Carecer de una póliza de Seguro Obligatorio de Automóviles puede suponer:

  • Sanción económica que oscila entre los 600 y 3000€. Tal y como indica la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro de Circulación, esta multa dependerá del tipo de vehículo y categoría, del servicio que preste, de si estaba o no en circulación, de la gravedad del perjuicio que haya podido causar, de la duración de la falta de seguro y de la reiteración en la comisión de la infracción.
  • Prohibición de circulación por el territorio nacional.
  • Inmovilización del vehículo: los agentes de tráfico pueden inmovilizar cualquier vehículo que no tenga en regla el seguro obligatorio. El primer precinto será por un mes y no se podrá retirar hasta que se demuestre la existencia de una póliza con las coberturas mínimas pautadas por ley. En caso de reincidencia de la persona amonestada, la retirada del vehículo podría prolongarse a lo largo de tres meses e, incluso por un año si se produce quebrantamiento del depósito o precinto. Los gastos que se deriven tanto del depósito como del precinto, deberán ser abonados por el propietario como requisito para poder retirar el vehículo.

Si se produce un siniestro, ¿quién es el responsable?

En el caso de que se produzca una accidente de tráfico en el que se vea implicado un conductor sin seguro, será este quien tenga que responder, con su patrimonio, ante los gastos que se deriven del mismo en caso de ser el culpable. En el caso de que existan daños físicos a terceras personas o incluso fallecidos, podría enfrentarse incluso a penas de prisión.

El propietario del vehículo, que puede no coincidir con el conductor accidentado, también tiene que responder civilmente de los daños causados a terceros por no disponer de un seguro obligatorio en su vehículo, salvo que demuestre que el auto había sido robado.

El Consorcio de Compensación del Seguro

En caso de que el conductor se declare insolvente, los gastos derivados del siniestro corren a cargo del Consorcio de Compensación de Seguros (CCS). Para hacer frente a las indemnizaciones que emite, el CCS recibe el 50% del importe de las sanciones impuestas a los propietarios de vehículos que carecen del seguro obligatorio. Además de ello, y con el mismo fin, recibe un recargo contemplado en la prima de los seguros de autos, haciendo que todos los titulares de la póliza reglamentaria financien las consecuencias de las irresponsabilidades de algunos conductores.

Para controlar esta situación y reducir la cifra de vehículos que circulan de manera irregular por nuestras carreteras, desde la DGT se pusieron en marcha campañas específicas utilizando los últimos avances en tecnología para captar a los infractores. A través de drones, cámaras, uso de bases de datos específicas, etc. los agentes se encargan cada día de comprobar miles de matrículas y tomar las medidas oportunas para cada caso.

Como se puede comprobar, carecer de una póliza de seguro de auto puede salir más caro que el pago de su prima anual. Hoy en día existen multitud de opciones que permiten adecuar cada póliza a cada propietario, garantizando no sólo el cumplimiento de legislación vigente, sino también la tranquilidad de conducir seguro. En S4 Correduría de Seguros y Gerencia de Riesgos analizamos cada caso particular y ofreceremos la mejor solución en base a las necesidades del usuario, ya sea a través de un seguro que incluya solamente las coberturas mínimas o mediante pólizas más complejas que contemplen coberturas específicas como puede ser la protección de lunas, incendios, etc.

Para más información no dudes en ponerte en con nosotros en el teléfono 986 44 10 16 o a través del correo electrónico s4@s4net.com.