Las consecuencias de conducir sin el seguro obligatorio del automóvil

Tal y como se recoge en el Real Decreto Legislativo de 8/2004 de 29 de octubre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro de Circulación para vehículos a motor, “todo propietario de vehículos a motor que tenga su estacionamiento habitual en España estará obligado a suscribir y mantener en vigor un contrato de seguro por cada vehículo de que sea titular, que cubra, hasta la cuantía de los límites del aseguramiento obligatorio, la responsabilidad civil” (Sección I, art. 2). Esta obligación recae sobre el propietario del vehículo, quedando exentos de esta obligatoriedad los vehículos que se retiran de la circulación y que causan baja en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico, ya sea de forma temporal o definitiva.

A pesar de este carácter obligatorio, los estudios realizados desde la Dirección General de Tráfico desvelan que existen más de dos millones de vehículos que circulan por nuestras carreteras sin disponer de una póliza de seguro cuyo objetivo principal es responder, económicamente, ante los daños personales y/ o materiales que se produzcan en un accidente de tráfico.

¿Cuáles son las consecuencias de conducir sin seguro?

Conducir sin seguro en el auto no está considerado un delito o falta sancionado como tal en el Código Penal, pero sí está castigado con una infracción administrativa al tener un carácter obligatorio por ley. Carecer de una póliza de Seguro Obligatorio de Automóviles puede suponer:

  • Sanción económica que oscila entre los 600 y 3000€. Tal y como indica la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro de Circulación, esta multa dependerá del tipo de vehículo y categoría, del servicio que preste, de si estaba o no en circulación, de la gravedad del perjuicio que haya podido causar, de la duración de la falta de seguro y de la reiteración en la comisión de la infracción.
  • Prohibición de circulación por el territorio nacional.
  • Inmovilización del vehículo: los agentes de tráfico pueden inmovilizar cualquier vehículo que no tenga en regla el seguro obligatorio. El primer precinto será por un mes y no se podrá retirar hasta que se demuestre la existencia de una póliza con las coberturas mínimas pautadas por ley. En caso de reincidencia de la persona amonestada, la retirada del vehículo podría prolongarse a lo largo de tres meses e, incluso por un año si se produce quebrantamiento del depósito o precinto. Los gastos que se deriven tanto del depósito como del precinto, deberán ser abonados por el propietario como requisito para poder retirar el vehículo.

Si se produce un siniestro, ¿quién es el responsable?

En el caso de que se produzca una accidente de tráfico en el que se vea implicado un conductor sin seguro, será este quien tenga que responder, con su patrimonio, ante los gastos que se deriven del mismo en caso de ser el culpable. En el caso de que existan daños físicos a terceras personas o incluso fallecidos, podría enfrentarse incluso a penas de prisión.

El propietario del vehículo, que puede no coincidir con el conductor accidentado, también tiene que responder civilmente de los daños causados a terceros por no disponer de un seguro obligatorio en su vehículo, salvo que demuestre que el auto había sido robado.

El Consorcio de Compensación del Seguro

En caso de que el conductor se declare insolvente, los gastos derivados del siniestro corren a cargo del Consorcio de Compensación de Seguros (CCS). Para hacer frente a las indemnizaciones que emite, el CCS recibe el 50% del importe de las sanciones impuestas a los propietarios de vehículos que carecen del seguro obligatorio. Además de ello, y con el mismo fin, recibe un recargo contemplado en la prima de los seguros de autos, haciendo que todos los titulares de la póliza reglamentaria financien las consecuencias de las irresponsabilidades de algunos conductores.

Para controlar esta situación y reducir la cifra de vehículos que circulan de manera irregular por nuestras carreteras, desde la DGT se pusieron en marcha campañas específicas utilizando los últimos avances en tecnología para captar a los infractores. A través de drones, cámaras, uso de bases de datos específicas, etc. los agentes se encargan cada día de comprobar miles de matrículas y tomar las medidas oportunas para cada caso.

Como se puede comprobar, carecer de una póliza de seguro de auto puede salir más caro que el pago de su prima anual. Hoy en día existen multitud de opciones que permiten adecuar cada póliza a cada propietario, garantizando no sólo el cumplimiento de legislación vigente, sino también la tranquilidad de conducir seguro. En S4 Correduría de Seguros y Gerencia de Riesgos analizamos cada caso particular y ofreceremos la mejor solución en base a las necesidades del usuario, ya sea a través de un seguro que incluya solamente las coberturas mínimas o mediante pólizas más complejas que contemplen coberturas específicas como puede ser la protección de lunas, incendios, etc.

Para más información no dudes en ponerte en con nosotros en el teléfono 986 44 10 16 o a través del correo electrónico s4@s4net.com.