Europa acuerda cambios en la Directiva sobre el Seguro de Automóviles

El Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea han llegado a un acuerdo respecto a los cambios en la Directiva sobre el Seguro de Automóviles. Dicho acuerdo fue alcanzado el 22 de junio y ha sido aprobado posteriormente por el Comité de Representantes Permanentes del Consejo (Coreper). Esta modificación reforzará la protección de los perjudicados en accidentes de automóvil y mejorará los derechos de los titulares de las pólizas.

Los cambios en la Directiva sobre el Seguro de Automóviles han referencia, fundamentalmente, al ámbito de aplicación. Así, y de conformidad con las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE, incluye nuevas definiciones de «vehículo» y «circulación de un vehículo». Asimismo, brinda a los Estados miembros nuevas posibilidades de aplicar exenciones nacionales de la obligación de seguro. La utilización de vehículos en actividades y acontecimientos deportivos relacionados con el automovilismo quedará excluida de la Directiva, siempre que exista un seguro alternativo.

Principales novedades de la futura Directiva

Los cambios en la Directiva sobre el Seguro de Automóviles incluyen la creación de organismos que velen por que, en caso de insolvencia del asegurador del vehículo responsable de algún accidente, los perjudicados puedan recibir compensación en su Estado miembro de residencia. El organismo de dicho Estado miembro solicitará entonces el reembolso al organismo del Estado miembro de origen del asegurador insolvente.

También se creará una certificación de antecedentes siniestrales armonizada para toda la UE. Se determinarán, adicionalmente, nuevas normas que eviten la discriminación en cuanto al trato de los titulares de las pólizas por razón de nacionalidad o anterior Estado miembro de residencia.

El texto revisado incluye también:

  • Normas reforzadas sobre los controles del seguro.
  • El aumento de los importes mínimos de protección armonizados en toda la UE en caso de lesiones corporales y daños materiales.
  • Enmiendas específicas relativas al marco de los vehículos expedidos y disposiciones sobre accidentes en los que estén implicados remolques arrastrados por un vehículo motorizado, herramientas independientes de comparación de precios de seguros de vehículos automóviles, centros de información e información a los perjudicados.

¿Cómo contratar el mejor Seguro de Automóviles?

Ya seas particular, empresa o gestiones una extensa flota de vehículos, en S4 Correduría de Seguros y Gerencia de Riesgos analizamos cada caso particular. Ofreceremos la mejor solución en base a las necesidades del usuario, bien a través de un seguro que incluya solamente las coberturas mínimas o mediante pólizas más complejas que contemplen coberturas específicas como puede ser la protección de lunas, incendios, etc.

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Fuente: Consejo de la Unión Europea.

Nuevas normas de seguridad para embarcaciones de recreo

El pasado 19 de mayo se publicaba en el BOE el Real Decreto 339/2021, que establece nuevas normas de seguridad para embarcaciones de recreo, así como para la prevención contaminación. La normativa ha entrado en vigor este 1 de julio de 2021, a excepción de las modificaciones que realiza para motos náuticas y titulaciones náuticas, que entraron en vigor el pasado 20 de mayo.

Dicho Real Decreto es de aplicación a embarcaciones que desarrollen actividades con fines comerciales o lucrativos en aguas españolas, con eslora comprendida entre 2,5 metros y 24 metros, y que no transporten a más de 12 pasajeros. Igualmente, es aplicable a embarcaciones de recreo españolas y extranjeras con vinculación a España.

El objetivo del Real Decreto es establecer nuevas normas de seguridad para embarcaciones de recreo. Actualiza las existentes y las adecúa a la evolución tecnológica de los equipos y a la nueva regulación europea. Y es que la anterior norma llevaba vigente más de 17 años. Se trata de la Orden FOM/1144/2003, de 28 de abril, que ya ha quedado derogada.

Nuevas medidas de seguridad y de prevención contra la contaminación

Este nuevo Real Decreto determina el equipo de seguridad, en la esfera del salvamento, la navegación y la protección contra incendios. Determina igualmente las obligaciones de los propietarios y patrones en los siguientes aspectos:

  1. Deben mantener el estado de la embarcación y su equipo de salvamento (balsas salvavidas, chalecos salvavidas, aros salvavidas, señales de socorro) y de navegación (luces, marcas, señales acústicas, líneas de fondeo y otro material diverso), entre otros equipos de seguridad contra incendios y medios de achique, conforme a la normativa.
  2. Deben garantizar que el número de personas a bordo no sea en ningún caso superior al número máximo autorizado a la embarcación.
  3. Determina igualmente los requisitos que deben reunir dichos equipos. Los equipos ya instalados a bordo no tendrán la obligación de cumplir con los nuevos requisitos, pero no se podrán instalar en otras embarcaciones. Los nuevos equipos obligatorios se instalarán en el plazo de 6 meses desde la entrada en vigor, esto es, antes del 1 de enero del 2022.

En relación a la prevención contra contaminación, se prohíbe la descarga de aguas sucias salvo que se cumpla alguna de las siguientes condiciones:

  1. Que la embarcación efectúe la descarga a una distancia superior a 3 millas náuticas de la tierra más próxima.
  2. Que la embarcación efectúe la descarga fuera de zona 7, utilizando una instalación de tratamiento de aguas sucias con unos requisitos de rendimiento determinados.

Las excepciones a esta descarga son las situaciones en que es necesario garantizar la seguridad de la embarcación y de las personas a bordo para salvar vidas; y las situaciones resultantes de averías, si se han tomado precauciones razonables para prevenir o reducir al mínimo la descarga.

Régimen sancionador

Las nuevas normas de seguridad para embarcaciones de recreo también conllevan novedades en el cuadro de infracciones y sanciones.

Las sanciones graves tendrán una multa de entre 100 y 600 euros y de hasta 3.000 euros para embarcaciones de 12 metros. Las sanciones más graves se prevén para supuestos de incumplimiento del deber de facilitar a las autoridades competentes el manual de instrucciones de la embarcación. También se considera infracción grave hacerlo de modo incorrecto o fuera del plazo de diez días, con el objeto de verificar que los extintores portátiles o los sistemas fijos de extinción de incendios a bordo se ajustan a lo que figura en el contenido del manual. Asimismo, para los supuestos de no disponer equipo de prevención de la contaminación por las aguas sucias o conexión universal a tierra, o no cumplir éste su función.

 

Nace la norma ISO 37301:2021 para certificar Compliance Corporativo

La Organización Internacional de Normalización (ISO) ha publicado un nuevo estándar en materia de cumplimiento normativo. Nace la norma ISO 37301:2021 Compliance management systems – Requirements with guidance for use (en adelante, ISO 37301). Se trata de un ejemplo más de la importancia que está tomando en el mundo empresarial la implantación de protocolos que favorezcan la ética corporativa. En S4 Asesores y Consultores contamos con un departamento especializado en Corporate Compliance. Ayudamos a las empresas a implementar estas medidas y minimizar la posibilidad de comisión de delitos en el desarrollo de su actividad.

Nace la norma ISO 37301:2021 con el objetivo de diseñar y evaluar los sistemas de gestión de Compliance transversales. Es decir, aquellos modelos que procuran el cumplimiento de las normas más relevantes de cada organización. La principal novedad es que es una norma certificable, lo que permitirá evidenciar el funcionamiento y vigencia de un estándar exigente en materia de cumplimiento normativo.

Esta norma da relevo a la norma ISO 19600, que, siendo el primer estándar internacional sobre Compliance, se vio eclipsada por la inmediatamente posterior sobre sistemas de gestión anti-soborno, la norma ISO 37001.

En S4 Asesores somos especialistas en Compliance

Desde S4 Asesores y Consultores ayudamos a las empresas a alinear sus sistemas de gestión de riesgos conforme a normas internacionalmente reconocidas. Y es que la nueva norma mantiene una estructura de alto nivel. También desarrolla los elementos que debe reunir un sistema de gestión de riesgos conforme al conocido esquema “plan – do – check – act”. Se aplica con carácter transversal a toda la organización. Permite integrar en ella otras normas preexistentes destinadas a gestionar riesgos de ámbitos normativos más específicos.

Obtener la certificación ISO 37001 permite lograr un objetivo doble. Por un lado, implantar el sistema de gestión de riesgos y mantenerlo actualizado en el marco de la mejora continua al que necesariamente debe estar sometido (y es que, lo que no se puede medir, no se puede mejorar). Por otro lado, la certificación permite acreditar ante un tercero –clientes, accionistas, Administración Pública, etc.–, que la organización cumple con las obligaciones establecidas en el estándar en cuestión.

La CNMC multa a una veintena de firmas de consultoría

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) multa a una veintena de empresas de consultoría. Concretamente, ha sancionado con un total de 6,3 millones de euros a 22 empresas. Entre ellas se encuentran algunas de las principales firmas que operan en España y varios de sus directivos. Implementar programas de cumplimiento normativo o corporate compliance, evita prácticas fraudulentas o, en este caso, también ha reducido la cuantía a pagar. En S4 Asesores somos expertos en Corporate Compliance.

La noticia era publicada por la entidad este 12 de mayo. El motivo es una infracción del artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia (LDC) y 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), constitutiva de cártel.

La CNMC multa a una veintena de firmas de consultoría destapado así la formación de dos redes de colaboración (norte y nacional). A través de estas redes se manipularon hasta 173 licitaciones públicas durante al menos 10 años. Su “modus operandi” se basaba en solicitar “ofertas de cobertura” para evitar competir y que una de las empresas resultase adjudicataria.

La manipulación de la contratación pública es una práctica colusoria. Es especialmente dañina para la sociedad al impactar adicionalmente en los fondos públicos, según indica la Comisión en el comunicado de prensa emitido. En este caso, un elevado número de administraciones se vieron afectadas por estas prácticas fraudulentas.

Entre las firmas involucradas en los cárteles se encuentras empresas como KPMG Asesores, PriceWaterHouseCoopers o Deloitte, entre otras. En el caso de la empresa Indra, se ha aplicado una reducción de la multa del 10%. El motivo son las actuaciones adoptadas en el marco de sus programas de cumplimiento normativo.

En S4 Asesores somos expertos en Corporate Compliance

Este nuevo caso pone de relieve, una vez más, la necesidad de implementar por parte de las empresas medidas y protocolos (Corporate Compliance) que favorezcan la ética corporativa. También para minimizar la posibilidad de comisión de delitos en el desarrollo de su actividad. Por ello, y para garantizar una eficiente adopción de los requerimientos, ponemos a su disposición nuestro servicio de Consultoría Legal.

La responsabilidad penal, que afecta tanto a la propia empresa como a sus directivos y trabajadores. Puede verse limitada con la adopción de las políticas y procedimientos de prevención adecuados para evitar conductas indeseables en el marco corporativo.

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S4 imparte un webinar junto a AEMOS para explicar las ventajas de los Seguros de Crédito y Caución frente a la crisis del Covid-19

S4 Correduría de Seguros y Gerencia de Riesgos impartió el webinarLos Seguros de Crédito y Caución como soluciones estratégicas frente a la crisis del Covid-19” junto a la Asociación de Empresarios de Mos (AEMOS), al que acudieron decenas de empresarios. El encuentro tuvo por objetivo explicar las bondades y ventajas tanto del Seguro de Crédito como herramienta de garantía de cobro como del Seguro de Caución, una gran alternativa al Aval Bancario, dos soluciones que, a su vez, permiten aumentar la competitividad de las organizaciones.

La jornada comenzó con la intervención de Socorro Sotelo, Responsable de la Oficina de S4 en Vigo, quien agradeció la presencia de los asistentes, así como la implicación de AEMOS para llevar a cabo el evento. Tal y como indicó, “desde S4 somos conscientes de que, en un contexto marcado por el Covid-19, las empresas que disponen de un sistema de ventas a crédito pueden ver aumentar el riesgo de pérdidas ante posibles impagos, por ello queremos presentar el Seguro de Crédito como solución para protegerse frente a esta situación, así como destacar las ventajas del Seguro de Caución para las empresas”. Tras la introducción, presentó a Eduardo Casal y Estefani Rodríguez, miembros del Dpto. de Crédito y Caución en S4 y ponentes en el encuentro.

Los Seguros de Crédito y de Caución: aliados estratégicos para evitar ahogar las finanzas de las empresas

La primera parte del webinar corrió a cargo de Eduardo Casal, quien destacó el Seguro de Crédito como “una solución aseguradora que resulta clave para asegurar las ventas, garantizar los cobros y dotar de certidumbre a las empresas. Estos factores son clave para garantizar la viabilidad de las mismas ya que es común que en el desarrollo de las empresas se disponga de numerosos sistemas de cobro, entre ellos las ventas a crédito. En un contexto como el presente, es posible que clientes o proveedores puedan tener insolvencias puntuales o definitivas, aumentando la morosidad. Contar con una póliza de estas características nos permite monitorizar el riesgo y reducir la incertidumbre sobre los pagos”.

Tras su intervención, Estefani Rodríguez fue la encargada de explicar el Seguro de Caución como una garantía para el cumplimiento de las obligaciones legales, reglamentarias o contractuales con Administraciones Públicas o beneficiarios privados. Tal y como indicó, “esta solución aseguradora genera certidumbre en torno a la relación contractual entre deudor y acreedor siendo, además, una gran alternativa al Aval Bancario: no ocupa CIRBE, mejorando la liquidez las empresas al permitirles disponer de más activos financieros”.

Para ambos ponentes, la clave del éxito está en disponer de soluciones a medida realizadas en función de las necesidades de cada empresa. “Para nosotros, el trabajo comienza tras la firma del contrato ya que realizamos un asesoramiento continuado que, sobre todo, aporta una gran tranquilidad”.

Tras estas intervenciones, se abrió un turno de preguntas en el que se resolvieron las dudas de los asistentes.