S4 repite como colaborador en la 1ª prueba de la Liga Interescolas de Surf

S4 Correduría Seguros ha repetido un año más como empresa colaboradora de la DACSS Surfing Contest, la primera prueba de la Liga Interescolas de Surf de Galicia. La competición ha tenido lugar este domingo 28 de abril en la Playa de Patos, en Nigrán, y ha sido organizada por la Escuela de Surf DACSS junto con el Concello de Nigrán y la Federación Galega de Surf.

El equipo de surf de la Escuela DACSS, patrocinado por S4, ha conseguido varios puestos entre los finalistas de las 4 categorías, incluyendo un primer puesto en la categoría femenina sub 12 y un pleno en la categoría masculina sub 12:

  • Sub12 Fem: 1° Alba Valtierra
  • Sub12 Masc:
    1° Sergio Gómez
    2° Jacobo Casanova
    3° Mateo Pérez-Bouzada
  • Sub16 Fem: 3° Paula Alegrete
  • Sub16 Masc: 3° Axel Cayeux

La entrega de trofeos y regalos ha sido, como ya es tradición, en las instalaciones de DACSS y ha contado con la presencia de Alfredo Blanco, CEO de Grupo S4.

La Liga Interescolas de Surf está dirigida a aquellas niñas y niños que quieran iniciarse en la competición. Así, se ha disputado en dos categorías: sub 16 masculino y femenino, y sub12 masculino y femenino. Desde Grupo S4 queremos dar la enhorabuena a todos los participantes, así como a DACSS por la excelente organización así como al resto de entidades por apoyar el deporte infantil. En S4 estamos comprometidos con

Seguro de decesos para extranjeros residentes en España

La población española ha aumentado en el último año en 507.548 habitantes, un 1,06%, hasta alcanzar los 48.592.909 habitantes. Se trata del valor máximo de la serie histórica. Este incremento se ha debido en gran parte al aumento de extranjeros residentes en España en 2023, que supone ya el 13,4% de la población total frente al 4,2% que había en 2002, según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE).

Ante esta realidad, muchas personas que han cambiado su residencia a nuestro país se enfrentan a la necesidad de contratar un seguro de decesos. Sin embargo, no saben si llegado el momento del fallecimiento, querrán ser enterrados en España o en su país de origen. Para estos casos, existe un seguro de decesos específico para extranjeros residentes en España.

¿Cuál es la principal diferencia con el seguro de decesos tradicional? Básicamente, la posibilidad de elegir. Llegado el momento de la defunción, los herederos podrán decidir el lugar donde el tomador será enterrado, teniendo las siguientes coberturas en cada caso:

¿Qué requisitos deben reunirse para contratar este seguro de decesos para extranjeros residentes en España? Simplemente, ser menor de 70 años.

El Supremo sentencia que no es válido el cuestionario de salud cumplimentado con la esposa del asegurado, aunque éste lo ratificara después

El Tribunal Supremo ha estimado el recurso de casación interpuesto contra una sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra, condenando a la aseguradora al pago de la indemnización por un Seguro de Vida vinculado a una hipoteca. El Alto Tribunal desestima la validez del cuestionario de salud cumplimentado con la esposa del asegurado, aunque el mismo fuera firmado días después de suscribirse la póliza por el asegurado, en su domicilio.

El litigio se inicia cuando la viuda del asegurado reclama la indemnización del seguro de vida, vinculado a un préstamo hipotecario, a la entidad aseguradora y el banco prestamista. Sin embargo, la aseguradora rechazó esta solicitud “al considerar, en síntesis, que de toda la documentación médica aportada resultaba que el fallecimiento traía causa directa de patologías o problemas de salud preexistentes a la firma del contrato y que el asegurado le había ocultado”.

Iniciado el procedimiento judicial, la demanda interpuesta por viuda del asegurado ha sido desestimada en varias instancias y la controversia en casación se centra en determinar si el asegurado infringió o no su deber de declarar el riesgo cuando cumplimentó la declaración de salud.

Fallo: no es válido el cuestionario de salud

Finalmente, el Tribunal Supremo ha determinado la vulneración por parte de la aseguradora de lo previsto en el artículo 10 de la Ley de Contrato de Seguro. Concluye que la compañía debe soportar las consecuencias de haber convertido su deber de presentar al asegurado/tomador un verdadero cuestionario en un mero formalismo, sin que para ello sea impedimento que el asegurado pudiera examinar la documentación contractual a posteriori en su domicilio antes de firmarla.

En segundo lugar, y en lo que respecta a la validez material del cuestionario, el Supremo dice que es preciso que se introduzcan unas cuestiones o preguntas sobre el estado de salud del asegurado que sean “claras” y con “elementos significativos que el asegurado tuviera necesariamente que representarse como objetivamente influyentes, para que la aseguradora pudiera valorar el riesgo”. Concluye el Tribunal que la pregunta genérica planteada en el cuestionario cumple con el requisito de idoneidad, al ser “ambigua”.

De esta forma, el alto tribunal estimar el recurso de casación interpuesto por la viuda del asegurado, dejando sin efecto las sentencias anteriores. Así, condena a la entidad aseguradora a pagar al banco la cantidad de 90.000 euros más los intereses del art. 20 LCS desde el fallecimiento del asegurado para que, una vez imputada esta indemnización al saldo pendiente de amortizar a la fecha del fallecimiento, se entregue el sobrante a la misma demandante. También se deben abonar la cantidad relativa a los gastos de sepelio (abonados por la viuda), más los intereses.

Pueden consultar la sentencia completa en el siguiente enlace:

Sentencia 1573/2023, del Tribunal Supremo, Sala de lo Civil y Penal, de 14 de noviembre de 2023.

Jurisprudencia anterior

No es la primera vez que un procedimiento judicial se centra en la validez del cuestionario previo de un seguro. Sobre este debate, la Sala Primera del Tribunal Supremo se ha pronunciado en numerosas ocasiones y ha ido perfilando una doctrina sobre distintos aspectos relevantes que afectan al cuestionario de salud como el modo en que se cumplimenta (validez formal) o su contenido (validez material).

A este respecto, caben destacar las siguientes sentencias recientes:

  • Sentencia 108/2022, de 14 de febrero, que reitera la doctrina asentada por la Sala en cuanto al modo de cumplimentarlo, entendiendo que si el tomador no fue efectivamente preguntado, ello equivale a una falta de presentación aunque se haya firmado.
  • Sentencias 157/2023, de 3 de febrero y 417/2023, de 27 de marzo, en ambas la cuestión nuclear que se analiza es si, a pesar de que las preguntas del cuestionario eran genéricas y no se referían a afecciones concretas, el asegurado debía declarar que sufría una patología ocular crónica. La Sala Primera considera que en ambos supuestos las preguntas son lo suficientemente claras como para que el asegurado pueda representarse que su enfermedad influiría en la valoración del riesgo que realiza la aseguradora.

S4 elegida Mejor Correduría en Gestión de Empresas de España

Axa, primer grupo asegurador de Europa, ha reconocido a S4 Correduría de Seguros como el mejor broker en gestión de empresas de España. Alfredo Blanco, CEO de Grupo S4, ha recibido este galardón durante la Convención Partner 2024 de AXA celebrada el 3 de abril en Madrid de la mano de Olga Sánchez, Consejera delegada, Mar Romero, Directora de Distribución y Ventas, y Eva Tomás, Directora Nacional Canal Corredores y Brokers.

Este premio es un reconocimiento al trabajo de un equipo de más de 50 profesionales y a una labor de más de 20 años dedicados a la gestión de riesgos industriales y empresariales. No en vano, 3.257 empresas confían actualmente en S4.

Además del asesoramiento sobre programas de seguros para empresas, S4 apuesta desde hace mucho tiempo por realizar una gestión de riesgos integral. Basada en una rigurosa metodología, abarca desde la auditoría de riesgos hasta servicios de ingeniería «Minoración y control de riesgos», auditoría del programa de seguros y elaboración de mapas de riesgos, entre otros servicios especializados.

Desde S4 queremos dar las gracias a todos nuestros clientes, por su confianza en todo momento, sin ellos nada de esto sería posible. Gracias también a todas las personas que forman parte del equipo por su compromiso y profesionalidad, todos ellos y ellas son los verdaderos artífices de este gran logro. Y, finalmente, gracias a AXA por este premio tan importante para nosotros, que nos sirve como impulso para seguir mejorando cada día.

La gestión de riesgos industriales y asesoramiento de empresas seguirá siendo un pilar estratégico en S4 Correduría de Seguros tras la fusión con Correduría de Seguros Sueiro, anunciada el pasado mes de febrero. Goretti Fraga, Directora General Técnica, continuará como responsable de esta unidad de negocio en la nueva etapa.

Seguros de protección familiar: mucho más que un seguro de decesos

Todos conocemos la utilidad de un seguro de decesos: ayudar a la familia en un momento delicado garantizando que, en caso de fallecimiento del asegurado, la compañía aseguradora se ocupará de todos los gastos y gestiones necesarios para realizar el sepelio. Se incluyen también trámites posteriores (documentos, testamentos, etc.) sin que esto suponga una carga de tiempo o económica para la familia.

Sin embargo, la sociedad lleva demandando desde hace tiempo un seguro que cubra estas necesidades pero que también sea de utilidad en vida. De esta forma, nacen los conocidos como Seguros de Protección Familiar. Además de las coberturas básicas (como prestación del servicio fúnebre, traslados, servicios de gestoría, asesoramiento legal, acompañamiento psicológico, borrado digital, etc.) detallamos a continuación algunas de las coberturas más interesantes de este tipo de pólizas:

  • Cobertura dental, que incluye 25 actos gratuitos (como una limpieza anual), y precios especiales para el resto de actos.
  • Asistencia en viajes con un límite de hasta 12.000 euros en gastos médicos por asegurado.
  • Cremación de mascotas.
  • Garantías accidentales por fallecimiento e invalidez: entre 6.000 y 12.000 euros.
  • Segunda opinión médica.

Adicionalmente, se puede mejorar esta póliza con una Cobertura Multifamiliar de Viajes. Por sólo 55 euros al año por asegurado, se obtiene protección básica los 365 días del año para viajes no superiores a 90 días. ¿Qué incluye?

En cualquier caso, el límite/cúmulo anual será de 50.000 euros.

De esta forma, es posible obtener un seguro de decesos personalizado, a la medida y según las necesidades de cada familia, para estar siempre protegidos, tanto en vida, como ante un posible fallecimiento.